La Firma Electrónica Avanzada "Fiel" es un conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor del mensaje como autor legítimo de éste, tal y como si se tratara de una firma autógrafa.
Por sus características, la Fiel brinda seguridad a las transacciones electrónicas de los contribuyentes, con su uso se puede identificar al autor del mensaje y verificar no haya sido modificado. Su diseño se basa en estándares internacionales de infraestructura de claves públicas (o PKI por sus siglas en inglés: Public Key Infrastructure) en donde se utilizan dos claves o llaves para el envío de mensajes:
• La "llave o clave privada" que únicamente es conocida por el titular de la Fiel, que sirve para cifrar datos; y
• La "llave o clave pública", disponible en Internet para consulta de todos los usuarios de servicios electrónicos, con la que se descifran datos. En términos computacionales es imposible descifrar un mensaje utilizando una llave que no corresponda.
Código Armonizado Alfanumérico de Transportista, necesario para su declaración en los pedimentos correspondientes, permite a las empresas de transporte terrestre realizar el registro de sus datos generales, así como de los vehículos con que cuenta y el nombre de los conductores de dicho vehículo.
Tales medidas pueden consistir en permisos previos, autorizaciones, cupos, marcado del país de origen, certificaciones, salvaguardas, contingentes, cuotas compensatorias, normas oficiales y otros instrumentos que se consideran adecuados para el logro de la política comercial de un país. Dichas medidas están previstas en Acuerdos emitidos por diferentes dependencias del Gobierno Federal (SEMARNAT, SAGARPA, SEDENA, SE, SALUD).
Almacenamiento de los documentos digitalizados necesarios para el despacho aduanero de mercancías, el cual se comunicará con el Sistema Automatizado Aduanero Integral y con los sistemas del Despacho Aduanero con el objeto de la eliminación del papel.
Lograr el despacho de mercancías de comercio exterior sin el movimiento físico de papel y eliminar los archivos documentales de las aduanas, importadores / exportadores, agencias aduanales y apoderados aduanales.
• Eliminar los archivos físicos que actualmente almacena aduanas, agentes aduanales, transportistas, importadores o exportadores.
• Disminución de costos de almacenaje y mantenimiento.
• Disminución de manejo de papel en las aduanas.
• Eliminación de riesgo de destrucción de documentos.
Sistema que valida y recibe de manera anticipada la información de los documentos que comprueban el valor de las mercancías, así como la información de los documentos de cruce en caso de remesas de consolidados.
Homologar en un archivo electrónico (XML) aquellos documentos de cruce (facturas proformas, listas de empaque, etc.), así como los documentos que amparan el valor de las mercancías (facturas fiscales, facturas de importación, notas de remisión, declaraciones de valor, etc.) y eliminar la presentación física de estos.
• Ahorro en Costos (papel, bodegas, tiempo, gastos, etc.).
• Disminuir riesgo de falsificación.
• Mejor determinación de las operaciones a revisar.
A las personas morales que tributen bajo el régimen simplificado previsto en el Título II, Capítulo VII de la Ley del Impuesto sobre la renta, ni a las personas físicas que tributen bajo el régimen de pequeños contribuyentes, previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección III de la Ley del Impuesto sobre la renta.
El arancel de cero y cinco por ciento.
Si la solicitud de registro como empresa de la frontera se encuentra bien requisitada y cuenta con la información anexa que en la misma se solicita, el tiempo de respuesta es de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud.
El formato de pago de derechos e5cinco so obtiene en la siguiente la página de SEMARNAT:
http://tramites.semarnat.gob.mx/index.php/pago-de-un-tramite
Se debe verificar muy bien que el trámite seleccionado corresponde a la modalidad que usted necesita, en caso de existir errores en el pago, éste no será válido.
No, para poder realizar el trámite en la Ventanilla Única bajo esta modalidad deberá de contar con la Firma electrónica Avanzada (FIEL).
La vigencia de 10 días hábiles a partir de su autorización. Lo anterior se puede verificar en la parte inferior del RV.
17 de Noviembre 2015
La documentación debe entregarse de forma electrónica a través de la Ventanilla Unica así como de forma física en Av. Hidalgo #77 col. Guerreo, Del. Cuauhtémoc, CP. 06300 México D.F en la Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.
60 días naturales contados a partir de que se cumplan todos los requisitos legales exigidos
Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior
Política de privacidad y manejo de datos personales
Le informamos que los datos personales suministrados a través de sus solicitudes, promociones, trámites, consultas y pagos, hechas por medios electrónicos e impresos serán protegidos, incorporados y tratados en el sistema de datos personales de la Ventanilla Digital, cuyo objeto es permitir a los agentes de comercio exterior realizar, a través de un solo punto de entrada electrónico, todos los trámites de importación, exportación y tránsito de mercancías, con fundamento en las disposiciones aplicables a cada uno de ellos, el cual fue registrado en el listado de sistemas de datos personales ante el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (www.ifai.org.mx) y podrán ser transmitidos a las autoridades competentes previstas en el Decreto por el que se establece la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 2011, así como al propio titular de la información, además de las transmisiones previstas en los ordenamientos legales aplicables. Corresponde al Servicio de Administración Tributaria, una vez implementada, la administración de la citada Ventanilla Digital. Se podrá modificar o corregir sus datos personales a través de la misma Ventanilla.
Lo anterior se informa en cumplimiento del Lineamiento Decimoséptimo de los Lineamientos de Protección de Datos Personales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2005