1. ¿Qué es?

Sistema que valida y recibe de manera anticipada la información de los documentos que comprueban el valor de las mercancías, así como la información de los documentos de cruce en caso de remesas de consolidados.

2. ¿Qué busca lograr?

Homologar en un archivo electrónico (XML) aquellos documentos de cruce (facturas proformas, listas de empaque, etc.), así como los documentos que amparan el valor de las mercancías (facturas fiscales, facturas de importación, notas de remisión, declaraciones de valor, etc.) y eliminar la presentación física de estos.

3. ¿Qué beneficios obtendremos?

•Ahorro en Costos (papel, bodegas, tiempo, gastos, etc.).
•Disminuir riesgo de falsificación.
•Mejor determinación de las operaciones a revisar.

4. ¿Se menciona que el archivo puede ser transmitido por Servicio Web o mediante el portal de la VU, existirá una manera adicional de conectarse, por ejemplo un enlace dedicado?

La finalidad de la Ventanilla Única es contar con un único punto de acceso, por lo que debemos de adaptarnos a la forma de conexión de esta, no solo con el sector gubernamental si no también con el sector privado, por lo que será necesario la transmisión mediante el portal o Servicio Web, sin embargo este tendrá un esquema de seguridad, mismo que en breve se les hará llegar.

5. ¿En el esquema de pedimento consolidado, la firma del previo no se podrá abrir antes de la primera remesa?

Lo que pretende el COVE es homologar y sustituir todos los documentos que hoy se presentan en el despacho para amparar el valor de las mercancías (facturas, declaraciones de valor, notas, etc.) y sustituir y homologar en caso de pedimentos consolidados todos los documentos que sirven para amparar la remesa de consolidad (lista de empaque, relación de factura, factura proforma, lista de embarque, etc.). El proceso sigue siendo el mismo, por lo que específicamente para pedimentos consolidados el proceso es igual, se abre el previo y será necesaria la transmisión del COVE para cruzar la primera remesa.

6. ¿Aplicará el esquema de Ventanilla Única para los pedimentos A3, F3, F4, F5?

El proceso seguirá siendo el mismo, si hoy en día para amparar el cruce o el valor de las mercancías presentas algún documento ante la aduana, será necesaria la transmisión del COVE, sin embargo si hoy no se presenta nada en la aduana no será necesaria la presentación del COVE, al igual si anexaba algún documento al pedimento se tendrá que realizar documentos digitalizados.

7. ¿Cuál sería el orden y formato del archivo?; es decir, seria cada factura y sus mercancías o todas las facturas y después todas las mercancías

Es necesaria la presentación de la información por cada factura, es decir cada factura deberá ser amparada por un COVE, solamente en el supuesto de que una remesa de consolidado sea amparada por una relación de facturas, será necesario la transmisión del COVE como relación de facturas, es decir, la portada de la relación de facturas más el detalle de cada una de ellas ampararan un solo COVE.

8. ¿Es lo mismo un COVE y un e-document?

El COVE es un comprobante de Valor Electrónico; es lo que sustituirá a la Declaración de valor, Factura, nota de remisión, ticket, es decir al documento que ampara el valor de la mercancía; además de que sustituye documentos de cruce como puede ser factura pro-forma, relación de facturas, lista de empaque, lista de embarque; y el E- document es el acuse de la información que se transmitió o capturo (COVE).

9. ¿La descripción de la factura está en el idioma inglés o español?

Conforme a lo especificado en la regla de carácter general en materia de Comercio Exterior 3.1.5 párrafo 5 en cual indica: "Cuando los datos a que se refiere la fracción III anterior, se encuentren en idiomas distintos del español, inglés o francés, deberán traducirse al idioma español en la misma factura o en documento anexo." Lo anterior le aplica a los Comprobantes de Valor Electrónico.

10. ¿Qué pasa en el caso de facturas que solo traen códigos y/o números de partes?

Esta deberá ser declarada en el campo “Descripción Genérica”

11. ¿La descripción como se manejará?

Si se cuenta solo con los códigos y/o números de partes esta deberá ser declarada en el campo “Descripción Genérica”

12. ¿Cuál es el total del ítems/partidas (mercancías) que permite registrar por cada COVE, en la Ventanilla Única?

No hay límite de registro de ítems, partidas (mercancías) para COVE.

13. ¿En la ventanilla única el usuario tendrá opción a imprimir el contenido de un COVE o documento digitalizado?

Si, existirá la opción de imprimir en archivo PDF.

14. ¿En qué momento se deberá anexar el e-document de la autorización, si el pedimento ya fue pagado?

El Validador de Operaciones de Comercio Exterior permitirá en cualquier momento del despacho ligar documentos digitalizados siempre y cuando el Agente o Apoderado Aduanal lo declaren en el pedimento o en el pedimento de rectificación.

15. ¿PREFERENCIA ARANCELARIA.- Cuando se pretenda aplicar la preferencia con algún tratado en la que la declaración de origen se presenta en la factura, ¿Habrá esta distinción para que al momento de la trasmisión del COVE, se reconozca este tratamiento?

En el COVE tiene un campo donde se indica que este fungirá como certificado de origen, esto para el caso de algún tratado. Es el campo 8 del bloque datos del comprobante: 0 = No Funge como certificado de origen 1= Con Funge como certificado de origen

16. ¿Qué datos son los que se deberán trasmitir, en función de que se indica que cualquier documento se va a registrar en el COVE?

Se deberán transmitir todos los datos obligatorios que indica el COVE.

17. ¿Cuál es la última actualización del Manual de COVE?

Se actualizo al Diccionario de Datos de COVE, el cual se puede encontrar en la sección de Descargas del portal de VU.

18. ¿HOMOLOGACIÓN DE LA FACTURA - Se propuso que la factura electrónica que se utiliza en territorio nacional se homologue al COVE (la información de ambos es muy similar) y así se elimina la captura de los COVES a la exportación.

El COVE está basado en los estándares de facturación electrónica y homologado conforme a los datos de la OMA, por lo que en caso de recibir facturas electrónicas no solo nacionales, sino también de diferentes países, se podrían transformar fácilmente a un COVE. Para esto es necesario un desarrollo informático por parte de los importadores, exportadores, agentes o apoderados aduanales.

19. ¿Si un atributo no tiene valor, por ejemplo apellido materno, apellido paterno, etc. ¿Se debe dejar los dos pipes (|) o simplemente no se incluye y se pasa al siguiente campo?

Cuando un atributo no tiene valor, no se incluyen los pipes (||) en la cadena de valor y se pasa al siguiente campo.

20. ¿Para la firma de los archivos de COVE, ¿Qué biblioteca se debe utilizar?

Para la firma de los archivos normalmente se recomienda utilizar las mismas bibliotecas que hemos implementado para el uso de los fieles en el SAT. Open SSL http://www.openssl.org/ Castillo hinchable http://www.bouncycastle.org/ Además te proporcionamos la distribución completa de la fuente y ejemplos de descarga: http://www.bouncycastle.org/download/crypto-145.zip

21. ¿A que se refieren cuando establecen que: “será necesario un desarrollo por parte de los interesados que permita la comunicación con la VU.” ¿Están hablando de un software especial? ó ¿qué necesitaremos para tener esta comunicación con su sistema?

Nos referimos a la comunicación en cuanto a una conexión a internet, para generar el vínculo con Ventanilla Única la información técnica se indica en las hojas informativas 5 y 12 que se encuentran en la sección Sobre la VU / Descargas. La liga es: https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/SobreVU/Descargas/index.htm

22. ¿Cómo se establecerán las cantidades en el valor?

•Valor unitario. Conforme al tipo de moneda declarada en el comprobante.
•Valor total. Conforme al tipo de moneda declarada en el comprobante.
•Valor total en dólares. En dólares.

23. ¿Se toman en cuenta las facturas que solo traen códigos y/o números de partes?

Las facturas que traen códigos y/o números de partes también tienen que realizar el COVE para cada una de ellas.

24. ¿Cómo se redactara la descripción de la factura?

La descripción de la factura es tal como la misma lo indique, siempre y cuando no incumpla con la normatividad.

25. ¿En qué tipo de formato se debe generar el archivo COVE (TEXTO, XML o XSD)?

El archivo COVE se debe generar en el formato XML.

26. ¿Existe un manual técnico de cómo generar los archivos .XSD y .WSDL?

El manual técnico de .XSD y .WSDL. Existe y lo puedes encontrar en la página de la Ventanilla Única en la pestaña de Sobre la VU en la sección de Descargas en el apartado de Manuales.
•Manual operativo de COVE.
•Manual de usuario COVE.

27. ¿Se va a modificar el COVE para incluir el número de pedimento para operaciones de Pedimento Consolidado?

No se va a modificar el COVE para operaciones de Pedimentos Consolidados, lo que procederá es que se relacionan al momento de la modulación y esto se logrará con la declaración del número de COVE que ampara al COVE en el código de barras al momento de la presentación en el Mecanismo de Selección Automatizada.

28. ¿Cuando se genere un COVE de una remesa de un pedimento consolidado, ¿cómo se va a generar la entrada a la aduana?

Se tiene que realizar de acuerdo a la Regla 1.9.17 de la decima resolución de las RCGMCE.

29. ¿Existe alguna versión específica de Servidor de Correo Electrónico para la recepción del archivo XML de respuesta?

No existe ninguna versión en particular, ni restricción en el correo electrónico que definas.

30. ¿Si tengo 500 facturas, y las capturo en el Sistema de Captura de Pedimentos; ¿Tendría que capturar nuevamente las 500 partidas en el COVE?

Si realiza en COVE en el portal si debe capturar las 500 partidas, sin embargo, puede generar un desarrollo para que obtenga estas partidas generadas en la captura del pedimento en un COVE sin necesidad de capturarlas, es decir que su desarrollo tome lo que captura en el pedimento y lo transforme a un COVE sin necesidad de capturar 2 veces lo mismo. Adicionalmente el COVE está basado en estándares los cuales permiten obtener de una factura electrónica un COVE.

31. ¿Las empresas que cuentan con el Registro de Empresa Certificada en la modalidad SECIIT (Rubro H de la Regla 3.8.3) ¿también deberán operar cada aviso de importación o exportación con el COVE o es suficiente con la transmisión del aviso como tal?

En el caso del Registro de Empresa Certificada en la modalidad SECIIT, el esquema de COVE no opera en esta modalidad, con la transmisión del aviso es suficiente.

32. ¿Dónde obtengo la contraseña del Servicio Web, cuándo me registre no me la proporcionaron?

En la sección de descargas del portal de Ventanilla Única se localiza el Manual para recuperar la contraseña de Servicio Web tanto para personas físicas como personas morales. 

https://www.ventanillaunica.gob.mx/cs/groups/public/documents/contenidovu/mdaw/mdey/~edisp/vucem012981.pdf

33. ¿Cómo se van a ligar los documentos y el COVE a los pedimentos?

Recordando que el COVE y los documentos digitalizados sustituyen a lo que hoy son las facturas y los anexos al pedimento. Si hoy en algún momento presentas al despacho adjunto una factura o algún documento anexo realizarás un COVE o un documento digitalizado.

34. ¿El COVE menciona un espacio para el registrar el Número de Exportador Confiable, ¿A qué se refiere?

El número de exportador confiable, se refiere al número de exportador autorizado; conforme al artículo 22 del Anexo 1 del Tratado de Libre Comercio con la Asociación Europea y a la Decisión de la Comunidad Europea.

35. ¿Qué tipo de cambio debo utilizar para elaborar el COVE?

El tipo de cambio será el momento del envío del COVE.

36. ¿Al registrarme me manda un mensaje de: < No se puede verificar la firma >, ¿qué procede?

Regularmente cuando el marca ese error el portal es debido a que su clave de llave privada es incorrecta, le pediría rectifique su clave de llave privada y vuelva a intentarlo.

37. ¿Cuál es la diferencia de solicitar RecibirCoveServicio y solicitar RecibirRelacionFacturasNoIA?

La diferencia es, que el COVE es como tal la factura que ampara el valor de la mercancía, y en el caso de la relación de facturas en la remesa de consolidado equivale a lo descrito en la regla 3.8.3 de las RCGMCE.

38. ¿Se tiene que transmitir un archivo XML por cada factura o se puede elaborar un archivo XML que agrupe un bloque de facturas?

Se puede generar archivos XML agrupados por:
•Archivos con varios COVE's.
•Archivos con varias relaciones de facturas de industria automotriz.
•Archivo con varias relaciones de facturas que no pertenecen a la Industria automotriz.
Sin embargo, no se pueden mandar archivos diversos en un mismo archivo, es decir, un archivo con un COVE, una factura y una factura de industria automotriz.

39. ¿Cuántos decimales acepta, para poner los valores en moneda nacional?

Los datos numéricos deberán tener formato en los decimales:
•Cantidad: ##0.000
•Valor Unitario: ###0.00
•Valor Total: ###0.00
•Valor Dólares: ##0.0000
•# - Digito, cero o vacio
•0 - Digito o cero. No acepta vacíos.

40. ¿En el caso en específico a lo que corresponde a la captura de las facturas de los importadores ¿Quién lo tendría que hacer los importadores o los Agentes Aduanales?

Los De acuerdo a lo establecido en la regla 1.9.16 de la decima resolución de las RCGMCE, indica que lo pueden realizar el importador, exportador, apoderado o agente aduanal.

41. ¿Cuál es el Marco jurídico que avala el Comprobante de Valor Electrónico COVE?

La Administración General de Aduanas publicó mediante  el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior donde incluye las reglas 1.9.15, 1.9.16 y 3.1.5

42. ¿Cómo se va a establecer el tipo de Moneda con las nuevas modificaciones del Manual de COVE?

Se establecerá que el Tipo de Moneda será a 3 dígitos alfanuméricos como lo indica el catalogo tipo de moneda correspondiente a la OMA y el Manual de COVE V5.

43. ¿En el COVE se van a declarar los incrementables?

Los incrementables no serán necesarios declararlos en el COVE, toda vez que estos se declaran en el pedimento; recordando que el Comprobante de Valor electrónico ampara el valor comercial de las mercancías.

44. ¿Qué documentos digitalizados debo presentar en la Remesas de Consolidados?

En las remesas de consolidado solo se deberá presentar la información referente a los valores de las mercancías mediante un COVE (la información referente a la factura proforma, etc.). Para el caso de cumplimento de regulaciones estas no se deben de anexar a la remesa, sino al cierre del pedimento consolidado. En caso de que alguna autoridad en sus facultades de comprobación requiere esta restricción se deberá presentar en físico. Razón por la cual no existe la forma de anexar un documento digitalizado a una remesa.

45. ¿Cómo se van a declarar los datos de la factura en el COVE?

Los datos que se deben capturar son tal cual como indica la factura. Si en la Factura se engloban mercancías estas podrán englobarse en el COVE, sin embargo si la factura o documento original que ampara el valor indica ítem por ítem su valor así mismo se deberá declarar en el COVE.

46. ¿Qué es una adenda?

Una adenda es la posibilidad de modificar un COVE; se pueden realizar después de que un COVE sea firmado y antes de modularlo.

47. ¿Cómo se hace una adenda por medio de Web Service?

El procedimiento para realizar una adenda por medio de WEB SERVICE es el siguiente:
•Para el manejo de las adendas, se emplea el mismo servicio (solicitarRecibirCoveServicio) que para el envío de los COVEs.
•El concepto del manejo de la adenda es similar al de una rectificación.
•La forma de hacer referencia al COVE original es declarando en el tag el e-document del COVE al que queremos hacer una adenda.
•Para lo anterior, se declara el tag , ejemplo:
•# - < e-document> COVE12000QVR5 
•Este tag se declara enseguida del tag .
•La estructura del XML request es la misma que para un COVE.
•El e-document sigue siendo el mismo para la adenda.

48. ¿El RFC de Consulta se le puede asignar a cualquier persona?

Solo se puede asignar a personas físicas o morales registradas en Ventanilla Única con FIEL. 

49. ¿Con los Sellos digitales de Ventanilla Única puedo recibir contraseña de Web Service?

No, la contraseña de Servicios Web solo se otorga a personas físicas o morales registrado en Ventanilla Única con FIEL.

50. ¿Cómo se deben establecer los caracteres &, ñ y Ñ para el COVE en Web Service?

Les comparto la manera en que se deben enviar los caracteres &, ñ y Ñ dentro de los tags:
•&amp;(&)
•ñ (ñ minúscula)
•Ñ (Ñ mayúscula)
Por Ejemplo:
•Si el RFC es C&Axxxxxxxx, deben de usar C&amp;Axxxxx
•Si el RFC es OÑAxxxxxxxx, deben de usar O&Ntilde;Axxxxx
En la cadena original si se debe poner el carácter tal como es al igual que los acentos.

51. ¿Cómo se utiliza el RFC genérico para realizar COVE?

Se habilito en el portal el campo de SIN TAX ID tanto para emisor como para destinatario con el fin de establecer en dicho campo el RFC genérico, ya que de otra manera genera error de RFC no encontrado en IDC. Para el caso de Web Service, se tiene que establecer en el tag Tipo de identificador número 3 que significa SIN TAX ID para poder establecer el RFC genérico y pueda validar el COVE sin mayor complicación.

52. ¿Para qué sirve la relación de facturas?

La relación de facturas es para cuando en una remesa de consolidado se tiene más de una factura, y de acuerdo a la RCGMCE indica que se debe establecer un COVE por remesa por lo que para cumplir con ello se tiene que realizar una relación de facturas, para que Ventanilla Única solo otorgue un número de COVE.

53. ¿Cómo se realiza la subdivisión para el COVE?

La subdivisión se debe realizar desde el inicio del COVE, antes de firmar el mismo; ya que de lo contrario el sistema no reconocerá dicha subdivisión.

54. Para el caso de las operaciones de pedimentos que se tramitaron antes del 1 de junio de 2012 y hoy se quieren rectificar. ¿Tengo qué hacer COVE?

Para la rectificación si va a agregar o modificar un documento que ampare el valor de la mercancía, se tendrá que realizar COVE, si va a adjuntar o modificar un anexo al pedimento se tendrá que realizar un documento digitalizado, de lo contrario no será necesario.
 
Para los casos cuando el validador emite el ERROR de validación “El pedimento no trae registros COVE” a pedimentos con clave de Pedimento “R1”, será necesario justificar el pedimento ante la aduana.