PEXIM.- Permiso importación Regla Octava Temporal (dictaminación automática)

El trámite es para empresas que cuenten con algún Programa de Promoción Sectorial, y un Programa IMMEX y requieran importar temporalmente mercancías de la Regla 8a. bajo las fracciones arancelarias de la Partida 98.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, tales como insumos, materiales, partes, componentes, maquinaria y equipo, inclusive material de empaque y embalaje y, en general, aquellos para la elaboración de los productos finales establecidos en el Decreto que establece diversos Programas de Promoción Sectorial .

Requisitos

  • 1. N/A

Datos

Datos de la solicitud

  • 1. Régimen
  • 2. Clasificación de régimen
  • 3. Categoría del producto
  • 4. Descripción de la mercancía
  • 5. Fracción Arancelaria
  • 6. Unidad de medida
  • 7. Cantidad solicitada
  • 8. Cantidad autorizada
  • 9. Valor factura USD solicitado
  • 10. Valor factura USD Autorizado
  • 11. Esquema R8
  • 12. País
  • 13. Justificación y beneficio que se obtiene
  • 14. Observaciones
  • 15. Entidad Federativa
  • 16. Representación Federal
  • 17. Número Prosec
  • 18. Número Immex

Partidas de mercancía

  • 1. Cantidad de mercancía solicitada
  • 2. Cantidad de mercancía autorizada
  • 3. Unidad de medida
  • 4. Fracción Arancelaria
  • 5. Descripción solicitada
  • 6. Descripción autorizada
  • 7. Precio unitario USD solicitado
  • 8. Precio unitario USD autorizado
  • 9. Total USD solicitado
  • 10. Total USD autorizado

Partidas mercancía prosec

  • 1. Fracción arancelaria Prosec
  • 2. Descripción partida prosec
Los datos y requisitos aquí mencionados son de uso exclusivo en la Ventanilla Única.