PEXIM.- Permiso importación Regla Octava Temporal (dictaminación automática)
El trámite es para empresas que cuenten con algún Programa de Promoción Sectorial, y un Programa IMMEX y requieran importar temporalmente mercancías de la Regla 8a. bajo las fracciones arancelarias de la Partida 98.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, tales como insumos, materiales, partes, componentes, maquinaria y equipo, inclusive material de empaque y embalaje y, en general, aquellos para la elaboración de los productos finales establecidos en el Decreto que establece diversos Programas de Promoción Sectorial .
Requisitos
Datos
Datos de la solicitud
- 1. Régimen
- 2. Clasificación de régimen
- 3. Categoría del producto
- 4. Descripción de la mercancía
- 5. Fracción Arancelaria
- 6. Unidad de medida
- 7. Cantidad solicitada
- 8. Cantidad autorizada
- 9. Valor factura USD solicitado
- 10. Valor factura USD Autorizado
- 11. Esquema R8
- 12. País
- 13. Justificación y beneficio que se obtiene
- 14. Observaciones
- 15. Entidad Federativa
- 16. Representación Federal
- 17. Número Prosec
- 18. Número Immex
Partidas de mercancía
- 1. Cantidad de mercancía solicitada
- 2. Cantidad de mercancía autorizada
- 3. Unidad de medida
- 4. Fracción Arancelaria
- 5. Descripción solicitada
- 6. Descripción autorizada
- 7. Precio unitario USD solicitado
- 8. Precio unitario USD autorizado
- 9. Total USD solicitado
- 10. Total USD autorizado
Partidas mercancía prosec
- 1. Fracción arancelaria Prosec
- 2. Descripción partida prosec
Los datos y requisitos aquí mencionados son de uso exclusivo en la Ventanilla Única.