Módulo de consulta de requisitos Acuícola para la importación



Para importar especies acuáticas, productos y subproductos además de productos biológicos, químicos, farmacéuticos y alimenticios para el uso o consumo de las especies acuáticas. Una vez que se conocen los requisitos, los importadores deben demostrar su cumplimiento ante la Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria (DGIF) en el punto de ingreso al país.  Si se cumple con los requisitos, la DGIF expedirá el Certificado de sanidad acuícola de Importación, el cual deberá presentarse con el pedimento aduanal.  En el caso de que los requisitos no aparezcan en el MCRSA, se deberá hacer una “Solicitud de Requisitos Acuícolas de mercancías reguladas que no se encuentran en el Módulo” a la Dirección de Sanidad Acuícola y pesquera a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana. Una vez recibida la solicitud, la DSAP tiene diez días hábiles para emitir un dictamen, el cual recibe el solicitante a través del portal de la Ventanilla Única.

Requisitos

Para consultar los datos y requisitos para realizar este trámite por favor diríjase a la siguiente dirección:
http://www.senasica.gob.mx/?id=4821
La información mostrada en el enlace arriba mencionado es responsabilidad de la dependencia, no así de la Ventanilla Única.

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