PROSEC.- Autorización Programa Nuevo – Productor directo



El programa de Productor Directo, es para la persona moral que manufactura las mercancías a que se refiere el artículo 4 del Decreto PROSEC, a partir, entre otros, de los bienes mencionados en el artículo 5 del mismo, según corresponda al sector.

Requisitos

  • Documento que acredite la posesión del inmueble indicando la ubicación y fotografías del mismo

Datos

Domicilios de plantas

  1. Modalidad
  2. Entidad Federativa
  3. Calle
  4. Número Exterior
  5. Número Interior
  6. Código Postal
  7. Colonia
  8. Localidad
  9. Municipio o Delegación
  10. Entidad Federativa
  11. País
  12. Teléfono
  13. Representación Federal
  14. Actividad Productiva

Sectores y mercancías

  1. Sector
  2. Lista de Sectores
  3. Clave del Sector
  4. Fracción Arancelaria
  5. Clave del Sector

Productor indirecto

  1. RFC
  2. Denominación o Razón Social
Los datos y requisitos aquí mencionados son de uso exclusivo en la Ventanilla Única.

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