Autorización de mercancías donadas por empresas con programa IMMEX



Conforme al artículo 61, fracción XVI La maquinaria y equipo obsoleto que tenga una antigüedad mínima de tres años contados a partir de la fecha en que se realizó la importación temporal, así como los desperdicios, siempre que sean donados por las empresas maquiladoras o con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía a organismos públicos o a personas morales no contribuyentes autorizadas para recibir donativos deducibles para efectos del impuesto sobre la renta. Además, las donatarias deberán contar con autorización de la Secretaría y, en su caso, cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias.

Requisitos

  • Ser una donataria autorizada por el SAT para recibir donativos deducibles conforme a la LISR, cuando aplique.
  • Carta de donación emitida por el donante a favor del interesado, en la que conste: La descripción detallada de la mercancía objeto de la donación, cantidad, tipo, y en su caso, marca, año-modelo y número de serie.

Datos

  1. Manifiesto bajo protesta de decir verdad que el donante de la mercancía es extranjero.
  2. Aduana por la que ingresará la mercancía
  3. Fines a los que se destinará la mercancía
  4. Mercancías
    • Tipo de mercancía
    • Condición de la mercancía
    • Cantidad
    • Unidad de medida
    • Marca
    • Año de importación temporal
    • Modelo
    • Número de serie
  5. Datos del donante
    • RFC
    • Número de programa IMMEX
    • Nombre / Razón Social
    • País
    • Código Postal o zona postal
    • Estado
    • Colonia
    • Calle
    • Número y/o letra exterior
    • Número y/o letra interior
    • Correo electrónico
    • Teléfono

Los datos y requisitos aquí mencionados son de uso exclusivo en la Ventanilla Única.


Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior · Derechos Reservados © 2011 Políticas de Privacidad

fingerprint