Autorización para el establecimiento de depósitos fiscales para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos, conforme al artículo 121, fracción I de la Ley Aduanera



Las personas morales interesadas en obtener la autorización para el establecimiento de depósito fiscal para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales libres del pago de Impuestos al Comercio Exterior y cuotas compensatorias en Puertos Aéreos Internacionales Fronterizos y Marítimos, podrán solicitar esta autorización.

Requisitos

  1. Opinión positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales //conforme// a lo dispuesto en RMF.
  2. Pago de derechos. (comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco correspondiente al trámite de autorización otorgada para el establecimiento del depósito fiscal de que se trate con el que se acredite el pago de los derechos previstos en el artículo 40, inciso k) de la LFD).
  3. Programa de inversión.
  4. Documento con el que se acredite el legal uso o explotación del inmueble las instalaciones que se pretenda autorizar.
  5. Planos de los locales.
  6. Documento con el que conste la garantía en términos de lo previsto en la regla 4.5.17 de las RCGMCE.
  7. Acta constitutiva y sus modificaciones acreditando que dentro del objeto social se encuentra las actividades a que se refiere la solicitud que cuenta con un capital mínimo fijo pagado de $1`000,000.00.
  8. Para el establecimiento de depósitos fiscales para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos fronterizos: documento con el que se acredite 5 años de experiencia en la operación de locales destinados a la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales libres del pago de impuestos.

Datos

  1. Manifestación indicando que cuenta con los medios de cómputo que le permitan llevar un registro diario de sus operaciones mediante un sistema automatizado de control de inventarios, conforme a los lineamientos que al efecto emita la ACCMA, que asegure el correcto manejo de las mercancías, por cuanto a entradas, salidas, traspasos, retornos, bienes dañados o destruidos y ventas a pasajeros o a representaciones diplomáticas extranjeras acreditadas en México.
  2. Manifestación bajo protesta de decir verdad, indicando que dentro del objeto social de la persona moral de que se trate, se encuentran las actividades a que se refiere la solicitud y que cuenta con un capital mínimo fijo pagado de $1`000,000.00.
  3. El establecimiento de depósito fiscal para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales estará en (puerto fronterizo y/o aeropuerto y/o otro)
  4. Aduana correspondiente al local o bodega de la autorización.
  5. Tipo de establecimiento (venta y/o almacenaje)
  6. Tipo de local (arribo y/o salida)
  7. Superficie en metros cuadrados
  8. Domicilio del inmueble (calle, numero exterior, numero interior, país, entidad federativa, delegación/municipio, código postal)
Los datos y requisitos aquí mencionados son de uso exclusivo en la Ventanilla Única.

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