Aviso de retorno seguro de vehículos extranjeros (Regla 4.2.20 de las Reglas Generales de Comercio Exterior -RCGE)



Conforme a la regla Regla 4.2.20. de las Reglas Generales de Comercio Exterior, se deberá presentar el Aviso de retorno seguro de vehículos extranjeros, que es un trámite que el importador o propietario de un vehículo debe presentar cuando el plazo de su permiso de importación temporal o de internación ha vencido y desea retornar el vehículo al extranjero o a la franja fronteriza. El beneficio señalado en la presente regla, no será aplicable cuando el vehículo se encuentre sujeto a un PAMA o a un proceso judicial. Por lo anterior, el citado Aviso, se deberá presentar a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM). El trámite se puede realizar por personas físicas o morales nacionales, así como por personas extranjeras sin fiel (previo registro en VUCEM).

Requisitos

  1. Acuse del primer aviso.
  2. Licencia de conducir del importador
  3. Permiso de internación temporal de vehículos o Permiso de importación temporal
  4. Título de propiedad o número del CFDI o documento equivalente

Datos

  1. Datos de residencia
    • Residente en territorio nacional
    • Residente en el extranjero
  2. Tipo de solicitud aplicable de la Regla 4.2.20 de las RGCE: Número de permiso de internación temporal del vehículo o Permiso de importación temporal a territorio nacional.
      1. Datos de la solicitud del permiso de internación temporal de vehículos
        • Número de permiso de internación temporal del vehículo
        • Fecha de emisión
        • Fecha de vencimiento
        • Número del pedimento de importación definitiva a región o franja fronteriza
        • Fecha del pedimento de Importación definitiva a región o franja fronteriza
    1. Permiso de importación temporal a territorio nacional
      1. Datos de la solicitud del permiso de importación temporal
        • Número de permiso de importación temporal del vehículo
        • Fecha de emisión
        • Fecha de vencimiento
        • Indique la aduana por la que saldrá el vehículo
  3. Información adicional
    • ¿Es la segunda ocasión en la que se presenta el aviso?
    • Fecha de acuse de recibo
    • Señale las razones de fuerza mayor o caso fortuito, por las cuales no se realizó el traslado del vehículo a la franja o región fronteriza o a la aduana de salida, de conformidad con el primer aviso
  4. Información general del vehículo
    • Marca
    • Tipo
    • Modelo
    • NIV
    • Número de placas
    • Estado que expidió las placas
    • Declara bajo protesta de decir verdad, ¿El vehículo descrito se encuentra sujeto a algún PAMA o proceso judicial?
  5. Medio de transporte que moverá la mercancía
    • Indique, en su caso, el medio en que será transportado dicho vehículo
    • Número de Serie

Consulte el Manual de Usuario para el ingreso del trámite en el siguiente link: https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/Manualesa/SHCP/Avisos2025/Manual_de_Usuario_Aviso_de_retorno_seguro_de_vehiculos_extranjeros_220925.pdf

Los datos y requisitos aquí mencionados son de uso exclusivo en la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana.


Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior Derechos Reservados © 2011 Políticas de Privacidad

fingerprint