Aviso de retorno seguro de vehículos extranjeros (Regla 4.2.20 de las Reglas Generales de Comercio
Exterior -RCGE)
Conforme a la regla Regla 4.2.20. de las Reglas Generales de Comercio Exterior, se deberá presentar el
Aviso de retorno seguro de vehículos extranjeros,
que es un trámite que el importador o propietario de un vehículo debe presentar cuando el plazo de su
permiso de importación temporal o de internación
ha vencido y desea retornar el vehículo al extranjero o a la franja fronteriza. El beneficio señalado en
la presente regla, no será aplicable cuando
el vehículo se encuentre sujeto a un PAMA o a un proceso judicial.
Por lo anterior, el citado Aviso, se deberá presentar a través de la Ventanilla Única de Comercio
Exterior Mexicana (VUCEM).
El trámite se puede realizar por personas físicas o morales nacionales, así como por personas
extranjeras sin fiel (previo registro en VUCEM).
Requisitos
Acuse del primer aviso.
Licencia de conducir del importador
Permiso de internación temporal de vehículos o Permiso de importación temporal
Título de propiedad o número del CFDI o documento equivalente
Datos
Datos de residencia
Residente en territorio nacional
Residente en el extranjero
Tipo de solicitud aplicable de la Regla 4.2.20 de las RGCE: Número de permiso de internación
temporal del vehículo o Permiso de importación temporal a territorio nacional.
Datos de la solicitud del permiso de internación temporal de vehículos
Número de permiso de internación temporal del vehículo
Fecha de emisión
Fecha de vencimiento
Número del pedimento de importación definitiva a región o franja fronteriza
Fecha del pedimento de Importación definitiva a región o franja fronteriza
Permiso de importación temporal a territorio nacional
Datos de la solicitud del permiso de importación temporal
Número de permiso de importación temporal del vehículo
Fecha de emisión
Fecha de vencimiento
Indique la aduana por la que saldrá el vehículo
Información adicional
¿Es la segunda ocasión en la que se presenta el aviso?
Fecha de acuse de recibo
Señale las razones de fuerza mayor o caso fortuito, por las cuales no se realizó el traslado del
vehículo a la franja o
región fronteriza o a la aduana de salida, de conformidad con el primer aviso
Información general del vehículo
Marca
Tipo
Modelo
NIV
Número de placas
Estado que expidió las placas
Declara bajo protesta de decir verdad, ¿El vehículo descrito se encuentra sujeto a algún PAMA o proceso judicial?
Medio de transporte que moverá la mercancía
Indique, en su caso, el medio en que será transportado dicho vehículo