El Acta de hechos sirve para constatar y verificar que la destrucción de los siguientes avisos se llevó
en el lugar, día y hora señalada,
se encuentre o no presente la autoridad aduanera. La ADACE levantará acta de hechos en la que se hará
constar la cantidad, peso o volumen
de la mercancía que se destruye, descripción del proceso de destrucción que se realice, así como los
números de pedimento con los que
se introdujo a territorio nacional.
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Acta de hechos 4.5.15: Aviso de destrucción de mercancía destinada al régimen de depósito fiscal.
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Acta de hechos 4.2.8: Aviso para la destrucción de mercancías temporalmente para competencias y
eventos deportivos
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Acta de hechos 4.2.8: Aviso de destrucción de mercancías temporalmente para competencias y eventos
de automovilismo deportivos.
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Acta de hechos 4.5.22 de la RGCE
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Acta de hechos 2.2.7 de la RGCE
Por lo anterior, el citado Aviso, se deberá presentar a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior
Mexicana (VUCEM).
El trámite se puede realizar por personas físicas o morales nacionales
Requisitos
Datos
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Datos del aviso del que procede el acta
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Aviso del que procede el acta de hechos
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Datos de la ADACE que asistió a la destrucción
- ¿Acudió la ADACE?
- ADACE a la que le corresponde levantar el acta
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Datos de la destrucción en relación con la cual se presenta el Acta de Hechos
- ¿Cuenta con el ID de transacción de VUCEM por la presentación del aviso de destrucción?
- ID de transacción de VUCEM
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Datos de las mercancías destruidas
- Consecutivo
- Cantidad
- Descripción
- Unidad de medida
- Peso (kg)
Consulte el Manual de Usuario para el ingreso del trámite en el siguiente link:
https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/Manualesa/SHCP/Edespacho/Manual_de_usuario-Acta_de_hechos.pdf
Los datos y requisitos aquí mencionados son de uso exclusivo en la Ventanilla Única de Comercio Exterior
Mexicana.