Dictamen de compensación o disminución contra el aprovechamiento a cargo de Recintos Fiscalizados (Regla 2.3.5.)



Conforme a la regla 2.3.5 de las Reglas Generales de Comercio Exterior se establece que, para los efectos de la compensación a que se refiere la fracción IV y la disminución de gastos de la fracción VII, segundo párrafo, ambas del artículo 15 de la Ley Aduanera, las personas morales que hayan obtenido autorización o concesión para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, podrán efectuar la compensación o disminución de gastos siempre que transmitan mensualmente un dictamen por cada concesión o autorización, elaborado por contador público inscrito en los términos del artículo 52 , fracción I del CFF, mediante el formato E14 “Formato para presentar el Dictamen de compensación o disminución de gastos contra el aprovechamiento a cargo”, contenido en el Anexo 1.
El dictamen deberá corresponder al mes inmediato anterior a aquel en que se realizó la compensación o disminución de gastos contra el aprovechamiento y se debe realizar a más tardar el último día hábil de cada mes.
Por lo anterior, el citado Aviso, se deberá presentar a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM).
El trámite se puede realizar por personas físicas o morales nacionales

Requisitos

  1. Documentos de soporte de la disminución.
  2. Documentos de soporte de la compensación.
  3. Dictamen.
  4. Otros.

Datos

  1. Datos del recinto fiscalizado que presenta el dictamen
    • Clave de recinto fiscalizado
  2. Tipo de dictamen: Disminución, Compensación o Disminución y Compensación.
  3. Datos del CPI que elaboró el dictamen
    • RFC
    • Número de inscripción o registro
  4. Datos del dictamen que se presenta
    • Año del periodo reportado
    • Mes del periodo reportado
    • Fecha de elaboración del dictamen
  5. Resultado del periodo
    • Pago de aprovechamiento con compensación y/o disminución parcial
    • Aprovechamiento totalmente compensado y/o disminuido
  6. Cantidades del periodo dictaminado (Dependiendo el Tipo de dictamen seleccionado son las cantidades a mostrar)
    • Saldo pendiente de compensar del dictamen anterior
    • Saldo pendiente de disminuir del dictamen anterior
    • Aprovechamiento total a cargo
    • Compensación aplicada
    • Disminución aplicada
    • Saldo pendiente de compensar
    • Saldo pendiente de disminuir
    • Cantidad pagada
    • Llave de Pago o Línea de Captura
    • Fecha de pago
    • Total de Ingresos por la prestación de los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior.
    • Cantidad dictaminada en el me
  7. Plantillas

Consulte el Manual de Usuario para el ingreso del trámite en el siguiente link: https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/Manualesa/SHCP/AvisosAGACE/Manual_de_usuario-Dictamen_de_compensacion_o_disminucion-Regla_2-3-5.pdf


Los datos y requisitos aquí mencionados son de uso exclusivo en la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana.


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